Desde la Clínica Cubells, queremos aclarar la información publicada en distintos medios decomunicación donde se habla de que actualmente la asistencia dental está gravada conel tipo reducido de I.V.A. del 8%:
La Ley 37/1992 de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido señalaque está exentas de IVA “las prestaciones de servicios realizadas en el ámbito desus respectivas profesiones por estomatólogos, odontólogos, mecánicosdentistas y protésicos dentales, así como la entrega, reparación y colocación deprótesis dentales y ortopedias maxilares realizadas por los mismos, cualquieraque sea la persona a cuyo cargo se realicen dichas operaciones”
Si algún paciente indicara que necesita factura con desglose de I.V.A., el dentistadeberá informarle que los servicios realizados por odontólogos y estomatólogosestán exentos de dicho impuesto, y deberá reflejarse en la factura: “Facturaexenta de I.V.A. (artículo 20. Uno. 5º- Ley 37/1992)Madrid